•La autoridad judicial atendió los argumentos ertidos por la asesoría jurídica de CEAVE•Como parte de los derechos de las víctimas, la CEAVE mantuvo asesoría y representación legal, así como las medidas de ayuda requeridas.Chihuahua.- La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado (CEAVE) reconoce que la autoridad judicial haya atendido los argumentos de la Asesoría Jurídica para juzgar con perspectiva de género y derechos humanos en relación con la sentencia judicial emitida contra Claudia Palmira Monzalvo Acosta por el delito de trata de personas, lo que propicia el acceso a la justicia, verdad y reparación de las víctimas.El juzgamiento con Perspectiva de Género y Derechos Humanos permite transformar prácticas y criterios de actuación en apego a los estándares internacionales con una visión crítica de la realidad de manera imparcial, además de sancionar adecuadamente este caso de trata de personas, sentando precedentes para impulsar al acceso a la justicia, verdad y reparación de las víctimas.El acompañamiento integral de la CEAVE y la labor de la Asesoría Jurídica especializada en servicios victimológicos fue vital para visibilizar la Trata de Personas como un delito de género, tomando en cuenta la situación de alta vulnerabilidad en un contexto donde este ilícito pasa desapercibido o es invisibilizado incluso en ocasiones, por las mismas víctimas.De acuerdo con el plan integral de acompañamiento en este caso, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas del Estado (CEAVE), brindó alojamiento, traslado, entre otras medidas de ayuda requeridas, además de ofrecer durante todo el proceso, representación y orientación jurídica, donde una de las satisfacciones principales de dicha orientación legal, fue que, con el trabajo y acompañamiento de la Asesora Jurídica, se les empoderó a las víctimas para que dieran seguimiento al caso, puesto que en un inicio se mostraron temerosas.Luego de que las autoridades judiciales emitieran una resolución de 7 años y medio de prisión, la CEAVE y la Ministerio Público de la Fiscalía de la Mujer, trabajaron en coordinación e interpusieron una apelación, pues se manifestó que el actuar del Tribunal de Control atentó contra el principio de Enfoque Diferencial y Especializado establecido en la Ley General de Víctimas, al no tomar en cuenta la vulnerabilidad de la víctima por razones de género y de condición económica, lo que contravenía las medidas de satisfacción a las que las víctimas tienen derecho.Dentro de la resolución emitida por el Tribunal de Alzada, se determinó que durante el proceso se desestimaron aspectos y factores importantes de la conducta de la imputada que merecían ser castigados con una pena más alta, con lo que el órgano jurisdiccional atendió los argumentos vertidos por la asesoría jurídica, logrando una sentencia de 57 años y tres meses en prisión y una reparación del daño a las víctimas por 33 mil 600 y 16 mil 800 pesos respectivamente.De esta manera, la CEAVE refrenda su compromiso de garantizar el ejercicio de los derechos de las víctimas en apego al acceso a la justicia, verdad y reparación bajo un enfoque de acompañamiento multidisciplinario y psicosocial que permite replantear el proyecto de vida.