Esto tras las acusaciones de Acción Nacional en contra del presidente de la república de promoción de la personalidad, uso indebido de recursos públicos y vulnerar las normas que rigen la rendición de informes de labores durante el evento Informe del Presidente de la República el pueblo de México el pasado 5 de abril de 2020.

Por medio de sesión virtual la votación unánime de las Claudia Zavala y Adriana Favela, así como del Consejero Ciro Murayama, se declaró la improcedencia ya que, desde una perspectiva preliminar y bajo la apariencia de buen derecho, el evento, no reunió las características de un informe de labores, pues no se advirtió el despliegue de una campaña publicitaria.

El criterio adoptado por la Comisión sigue el precedente de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al resolver el procedimiento especial SRE-PSC-69/2019, en donde determinó que el informe rendido por el Presidente de la República por el primer aniversario de su triunfo electoral fue un ejercicio de rendición de cuentas y no un informe de labores, al no reunir las características legales de éste.

De igual forma y de manera preliminar, pues el pronunciamiento de fondo sobre el asunto le corresponde a la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a juicio de la Comisión de Quejas del INE, no se advirtieron elementos para estimar la promoción personalizada, ni elementos que tuviesen fines o connotaciones electorales o partidistas. El tiempo

Por NotiRed34

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